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Edición digital

Edición N° 49 - otoño 2008

Exclusión social, personas sin hogar y empleo

Por:
Javier Canón Ramírez y Roberto Peña García.
* (Datos sobre los autores)


I-. INTRODUCCIÓN

Pobreza y exclusión social son términos que, a menudo, se utilizan de manera indistinta por los medios de comunicación social. Dado que la bibliografía sobre ambos conceptos es muy rica y no es objetivo del presente artículo el realizar un estudio en profundidad sobre los mismos, se intentará realizar una aproximación somera a éstos.

La pobreza tendría que ver con las necesidades básicas de la vida, con el lenguaje, la cualificación, la formación y la educación. Por su parte la Unión Europea (U.E.) define la pobreza como la situación de “aquellas personas, familias ó grupos cuyos recursos (materiales, culturales y sociales) son tan limitados que les excluyen del nivel de vida aceptable en los países miembros en los que viven”. Pero de todos estos factores, será la variable renta la que nos permita fijar el umbral de la pobreza. Según la U.E se entiende que una persona se encuentra por debajo de dicho umbral cuando tiene ingresos inferiores a la mitad de los ingresos medios por persona en el país de que se trate. Igualmente, la variable renta nos permite distinguir entre pobreza relativa (según la Unión Europea estarían las familias y personas con un nivel de renta entre el 25% y 60% de la renta media disponible) y pobreza severa (personas ó familias con menos del 25% de la renta media disponible del país en cuestión).
Trasladando lo anteriormente comentado a cifras, estaríamos diciendo que en nuestro país en torno al 20% de la población se encontraría en situación de pobreza relativa, es decir, que 8.704.835 personas viven con menos de 6.369€/año. Por otro lado el 3% de la población, es decir 1.555.872 personas se encontrarían en situación de pobreza extrema pues sus ingresos son inferiores a 3.184,76€/año.

Estaríamos hablando de cifras totalmente inaceptables en un país, con un sistema de protección social desarrollado, como es España.

La exclusión social debe interpretarse desde un punto de vista transversal y multifactorial, trascendiendo el aspecto meramente económico. Resulta evidente la correlación existente entre pobreza y exclusión social ya que la primera (precariedad formativa, laboral, económica, etc) puede desembocar en la segunda.

Según Cáritas, la exclusión social es el resultado de la interacción de:

  • Carencia de bienes y recursos para satisfacer necesidades de protección, seguridad y subsistencia.

  • Dependencia, entendida como la imposibilidad de disponer de capacidad para afrontar la vida con dignidad, libertad, autonomía e identidad.

  • Aislamiento, entendido como la imposibilidad de las personas para cubrir sus necesidades de protagonismo, relación y participación social.

Todo este devastador proceso, se genera como consecuencia de la ruptura de dos mecanismos: los de acceso (al mundo laboral, estabilidad de ingresos, vivienda, educación, salud) y los de desarraigo.

Se calcula que en España 600.000 personas se encuentran en situación de exclusión y 300.000 en Andalucía.

Ahora bien, no se puede olvidar que la economía neoliberal ha sido una de las principales causas de la pobreza junto con la ingente producción legislativa que atenta contra los derechos de las personas y genera exclusión (sirva de ejemplo la actual Ley de Extranjería). Así, pocas son las leyes que favorecen realmente la inclusión social. A todo lo anteriormente expuesto habría que añadir la reducción, que en España, se ha producido en gasto público en protección social, sanidad, educación, prestaciones a mayores, pensiones de viudedad y discapacidad, prevención de la exclusión social, etc. En nuestro país nos situamos en un gasto social siete puntos por debajo de la media europea, destinándose tan sólo un 0´15% a la lucha contra la exclusión social.

A pesar de que tanto la Constitución Española (C.E.) como todo el entramado legislativo desarrollado posteriormente reconocen toda una serie de derechos individuales (sirvan de ejemplo la Ley de Bases de Régimen Local (LBRL), la Ley de Haciendas Locales, Leyes Autonómicas de Servicios Sociales así como el Plan Concertado de Servicios Sociales de 1.988), puede concluirse de las mismas la insuficiente financiación derivada del no reconocimiento explícito y reclamable del derecho individual a las prestaciones sociales, de forma equiparable a la educación y a la salud.

Dado que la Administración Local es la más próxima al ciudadano, debería dotarse a la misma de una financiación suficiente que permita una adecuada defensa de la calidad de vida de toda la ciudadanía y, por tanto, una mayor agilidad y adaptación a las necesidades de tipo social. En este sentido, según la LBRL, todos aquellos municipios con una población de veinte mil habitantes están obligados a:

“- Información a los usuarios y a la Administración Autonómica y Estatal.

- Atención social primaria, tanto su programación como prestación, con un conjunto de programas dedicados a la información, orientación y tratamiento, a la ayuda domiciliaria, a los alojamientos de urgencia, a la prevención e inserción, a las prestaciones socioeconómicas y a la participación.

- Prestar y gestionar el transporte adaptado (más de cincuenta mil habitantes).

- Colaboración en la gestión y prestación de servicios del nivel autonómico.”

Sin embargo, para que todos los ciudadanos españoles fueran perceptores ó beneficiarios de las políticas sociales sería necesario tanto que la legislación actual reconociera este derecho universal como dotar a los servicios correspondientes de los recursos humanos y presupuestarios necesarios tal y como ocurre en la mayor parte de los países de nuestro entorno geográfico más inmediato.

Igualmente comentaremos que, para evitar la exclusión ó para favorecer la inclusión social sería necesario el cumplimiento de dos derechos reconocidos en la C.E.: el derecho al trabajo (art. 35) y el derecho a una vivienda digna (art. 47). De nada sirven el resto de programas especializados puestos en marcha dirigidos a personas inmersas en procesos de recuperación psicosocial.

Ahora bien, el art. 47 C.E., no garantiza el derecho a una vivienda en propiedad. Lo que establece es que “los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación. La comunidad participará en las plusvalías que genere la acción urbanística de los entes públicos”. El derecho a la vivienda es un derecho esencial para garantizar la vida digna de las personas, suponiendo la situación de la vivienda en un Estado un indicador de su bienestar social. Se trata de un derecho social en el que se constata que no se ha avanzado en su universalización sino que se ha retrocedido y al que las personas en situación de exclusión difícilmente podrán acceder por:

  • Su elevado precio

  • Los prejuicios sociales que impiden su alquiler a determinados grupos étnicos

  • La exigencia de avales y garantías para su compra ó uso.

II-. PERSONAS SIN HOGAR

Las personas sin hogar (PSH), constituyen tanto el máximo exponente de la exclusión social como uno de los colectivos con mayor vulneración de los derechos.

Según FEANTSA (Federación Europea de Organizaciones que trabajan con Sin Techo), PSH es aquella que “no puede acceder ó mantener un alojamiento adecuado, adaptado a su situación personal, permanente y que proporcione un marco estable de convivencia, ya sea por razones económicas u otras barreras sociales ó bien porque presentan dificultades personales para llevar una vida autónoma”.

A modo de realizar una aproximación cuantitativa en torno al fenómeno del sinhogarismo diremos que:

  • Según el programa Hábitat de las Naciones Unidas, de los 834millones de personas que en el mundo habitan en barrios de chabolas, el 90% viven en países pobres de África, Latinoamérica y Asia.

  • En USA, según los estudios más rigurosos (Burt, 1.998), unos 3,5 millones de estadounidenses experimentan la situación de verse sin techo a lo largo de un año; de ellos, 1,35 millones son niños.

  • En la U.E., 15 millones de personas habitan en infraviviendas y existen 3 millones de PSH.

  • En España y en nuestra Comunidad Autónoma, el número oscilaría entre las 27.000-30.000 y las 3.500-5.000 personas respectivamente.

  • Por último, y en lo que respecta a nuestra ciudad, en el año 2.006, en la red de centros de atención a PSH se atendieron a 1.594 personas diferentes y 150 dormían literalmente en la calle.

Podemos considerar al colectivo de PSH, como un colectivo "vivo”, en cuanto a los cambios que viene experimentando en los últimos años. Si pretendemos realizar una “radiografía social” de las personas que demandaron atención en Granada, durante el año 2.006, podemos afirmar que correspondía al de:

Varón (86,5%), que llevaba menos de un año sin domicilio fijo, con una edad media de 38,8 años (30,5%), de origen español (52,5%) y con estudios primarios (70%) cuyas principales problemáticas eran el desempleo (86,93%) así como el consumo de alcohol y otros tóxicos (16,5%) habiendo vivido durante el tiempo que llevaba sin domicilio fijo en centros de acogida para personas sin hogar y otro tipo de domicilios (principalmente con amigos y familiares).

Atendiendo al tiempo de permanencia en esta situación, al grado de desarraigo, de dependencia así como a las posibilidades de inserción social podemos realizar la siguiente clasificación de las PSH:

  • El incipiente (o novato): es el que inicia su búsqueda de medios de vida fuera de su hogar habitual de residencia (durante un espacio de tiempo no superior a los seis meses aproximadamente), y que se caracteriza por una relación familiar deteriorada, por la escasez de recursos y por la utilización esporádica de servicios de acogida.

  • El habitual (o veterano): es el que suele llevar más de seis meses en esta situación, utiliza habitualmente los servicios y tiene dificultades para afrontar su situación y salir de ella.

  • El crónico: es el que lleva muchos años como PSH (aunque incluso desde hace tiempo aunque ya no se mueva de la misma población) y que está caracterizado por un gran deterioro (tanto físico como psíquico), por la no utilización de los servicios, que vive en cualquier lugar que encuentra y al que le resulta imposible afrontar su situación por sí mismo.

El proceso de recuperación de las PSH nos lleva a una triple estrategia:

  • Recuperación personal.

  • Estrategias ocupacionales (actividades de utilidad social).

  • Estrategias laborales (formación profesional, búsqueda de empleo, etc.).

El término de PSH, define a un colectivo que engloba a personas con problemáticas muy diferentes siendo, las más comunes:

  • Desarraigo: sin raíces sólidas, sin grupo humano del que sentir dependencia, por lo cual viven en tránsito.

  • Carencia: sin recursos, sin trabajo ó trabajos marginales, sin hogar.

  • Marginación: de y por la sociedad, excluidos sociales, no preocupan en exceso porque no representan amenaza.

  • Soledad: sin redes interpersonales, es decir, sin lazos personales y desconfiados, insolidarios, agresivos, aislados, guardando celosamente su intimidad.

  • Ruptura personal: fracasados, ausentes de triunfos ó gratificaciones, encerrados en un laberinto sin salida, humillados, con baja autoestima; lo que les lleva a desequilibrios personales, apatía, desmotivación, pasividad.

  • Subculturización como modo de vida: mentalidad que mezcla valores tradicionales con valores y comportamientos marginales, agarrados a ciertos hábitos de supervivencia; lo que a su vez les lleva a muchos a acomodarse en su situación y a una falta de ganas de integrarse socialmente.

  • Dependencia de instituciones: incapacidad para afrontar sus problemas, vive la inmediatez, pícaros, recurren a las instituciones para sobrevivir.

Y un cúmulo de problemáticas diversas: familiar, sanitaria, laboral, económica, vivienda, formativa, etc.

Dentro del ámbito residencial de la exclusión, FEANTSA reconoce hasta cuatro situaciones diferentes:

*SIN TECHO

  • Vivir en un espacio público (sin domicilio)

  • Pernoctar en un albergue y/o forzado a pasar el resto del día en un espacio público.

*SIN VIVIENDA

  • Estancia en centros de servicios ó refugios (hostales para sin techo que permiten diferentes modelos de estancia)

  • Vivir en refugios para mujeres.

  • Vivir en alojamientos temporales reservados a los inmigrantes y a los demandantes de asilo.

  • Vivir en instituciones: prisiones, centros de atención sanitaria, hospitales, sin tener donde ir, etc.

  • Vivir en alojamientos de apoyo (sin contrato de arrendamiento).

*VIVIENDA INSEGURA

  • Vivir en una vivienda sin título legal (vivir temporalmente con familiares ó amigos de forma involuntaria, vivir en una vivienda sin contrato de arrendamiento-se excluyen los ocupas,-, etc.).

  • Notificación legal de abandono de la vivienda.

  • Vivir bajo la amenaza de violencia por parte de la familia ó de la pareja.

*VIVIENDA INADECUADA

  • Vivir en una estructura temporal ó chabola.

  • Vivir en una vivienda no apropiada según la legislación estatal.

  • Vivir en una vivienda masificada.

III-. DIFICULTADES DE LAS PERSONAS SIN HOGAR EN EL ACCESO AL MERCADO LABORAL.

Casi siempre los excluidos son más víctimas que responsables de su situación. Sabemos que el sistema socio-económico vigente mira más al beneficio material que al bien de las personas. Por ello premia a los aventajados rentables y castiga a los débiles e improductivos.

Cuando nos referimos a la inserción social (de ahora en adelante I.S.) de los excluidos no podemos eludir la contradicción de que no podemos integrar sin más a las personas en un sistema social injusto que desintegra y excluye. Hemos de tener presente que sólo hacemos verdadera reinserción social cuando trabajamos por un modelo social alternativo que no condene más a la marginación a los más débiles y desfavorecidos.

El camino de la I.S. exige reconocimiento a la dignidad de las personas y fe en sus posibilidades por muy deterioradas que estén; lo primero que pide la persona que se encuentra en esta situación es amistad, relación humana, y acogida calida y respetuosa. Además hace falta un comienzo motivador. Porque estando como están estas personas resulta del todo utópica la I.S. si no hay un proceso de acogida y acompañamiento humano.

Hay personas que por el deterioro que sufren y las consecuencias adversas de la vida no pueden más que dar unos pequeños y tímidos pasos en este itinerario de la I.S. Pero no por ello deben ser desechadas y abandonadas como causas perdidas y sin remedio. La complejidad que presenta el proceso de integración sociolaboral hace que las barreras comunes para la sociedad normal aumenten considerablemente para las personas en riesgo de exclusión. Entre las barreras más comunes que limitan en ocasiones el proceso integrador encontramos, siguiendo el informe “Múltiples barreras, Múltiples Esfuerzos: barreras al empleo y soluciones para las personas sin hogar” elaborado por el grupo de trabajo sobre el empleo de FEANTSA las siguientes:

  1. PERSONALES: problemas múltiples, complejos, estilo de vida nómada, inestable y desordenado, falta de habilidades personales y sociales básicas, dependencia de los servicios sociales, problemas de conducta e higiene, problemas de salud física ó mental de larga duración ó crónicos, drogodependencia y alcoholismo, falta de redes sociales y laborales, falta de formación continua y de experiencia laboral, antecedentes penales, etc.


  1. SOCIALES Y ESTRUCTUALES: menores probabilidades de obtener algún beneficio de los programas convencionales, discriminación y racismo, estigmatización y prejuicios sociales, numerosos trámites administrativos y excesiva burocracia, falta de apoyo personalizado e individualizado, escasa relación y cooperación entre servicios sociales y organizaciones, etc.

  1. SERVICIOS DE EMPLEO, EDUCACIÓN Y CAPACITACIÓN: falta ó insuficiente previsión de sistemas de empleo protegido y de otros servicios de Empleo, Educación y Capacitación, falta de apoyo continuo tras la finalización del programa ó una vez que se ha obtenido un empleo, actitud y bajas expectativas del personal del albergue y de apoyo, personal de apoyo deficientemente preparado y mal remunerado, servicios inestables y con frecuencia temporales debido a los sistemas de financiación.

  1. INGRESOS Y AYUDAS PÚBLICAS: ausencia, ó escasa solicitud, de prestaciones sociales y otros tipos de ayudas públicas, salario mínimo insuficiente, escasa información y asesoramiento sobre prestaciones durante el proceso de transición y durante el período de actividad y sobre beneficios fiscales, inactividad económica y de otros tipos, etc.

  1. VIVIENDA: escasez de alojamiento económico y adecuado, falta de viviendas y de ayudas a los inquilinos durante el período de formación ó durante las primeras etapas de empleo, escaso ambiente de trabajo en los albergues y en otros alojamientos temporales, inflexibilidad de los programas de alojamiento (las personas sin hogar trabajan con frecuencia durante las noches, los fines de semana ó en horas inusuales, lo que puede entrar en conflicto con los requisitos de horario de los programas de alojamiento de emergencia).

Es por tanto, preciso destacar la necesidad de abordar estas barreras de modo integral, estableciendo medidas convenientes, suficientes y reales para garantizar la igualdad de oportunidades, a través de acciones encaminadas expresamente a promover sus capacidades y destrezas y no a limitarlas.

Una de las estrategias metodológicas que se están utilizando para la intervención con personas en riesgo de exclusión social, es el diseño individualizado de itinerarios de inserción sociolaboral. Esta estrategia permite a la persona ocupar un empleo en el mercado de trabajo, facilitando su incorporación al empleo, a través de un conjunto de instrumentos y procedimientos técnicos de apoyo ajustados a las necesidades de cada persona.

Las características que definen estas acciones son:

  • Diseño individualizado y personalizado.

  • Conectado con salidas formativas y profesionales concretas.

  • Acompañamiento y apoyo de un técnico de inserción.

  • Entrenamiento y formación adecuada.

  • Apoyo técnico y seguimiento según necesidades.

La crisis en el empleo, el aumento de las tasas de paro ó la precariedad laboral han originado consecuencias importantes sobre todo para aquellos colectivos que presentan mayores dificultades para el acceso a una ocupación. Entre las consecuencias que origina el desempleo podemos señalar las siguientes:

  • Pérdida desde el punto de vista social y del individuo, pérdida del nivel individual y general.

  • Empuja a los salarios y a las condiciones laborales a la baja.

  • Conduce a un empeoramiento de las condiciones laborales y de vida debido al abuso de la contratación eventual, a tiempo parcial por obra y servicio, etc.

  • Existe un retraso del proceso emancipatorio por el impedimento ó el retraso de la transición hacia la autonomía e independencia de vida.

  • Desarrolla una serie de consecuencias psicosociales para las personas, tales como un progresivo deterioro de la autoestima y motivación en la búsqueda activa de empleo, estados de sumisión y escasa capacidad de reacción ante las condiciones laborales precarias.

  • Deterioro de la cualificación de la mano de obra por el simple hecho de permanecer un largo período de tiempo inactivo que crea, además, desajustes entre la oferta y la demanda.

IV-. POSIBLES SOLUCIONES AL SINHOGARISMO Y AL DESEMPLEO.

El reto para la política de empleo y las organizaciones que trabajan en pro de la inserción social es cómo hacer frente a la falta de empleabilidad que sufren muchas personas que no se soluciona sólo con las viejas recetas de la formación profesional.

La Unión Europea considera el empleo como la mejor protección contra la exclusión social, por tanto, la intervención educativa en el ámbito laboral resulta esencial y es preciso crear un abanico amplio de posibilidades formativas y de inserción, para que cada persona pueda desarrollar su propio y personal itinerario. El reto está en que, partiendo de las capacidades de cada persona y de su esfuerzo, corresponde a las administraciones, instituciones, entidades, empresarios, etc..., crear las condiciones necesarias para su correcta formación, orientación e inserción.

El trabajo de inserción debe estar enfocado en trabajar con cada individuo y cada grupo social para mejorar las condiciones que causan su exclusión e ir progresando hacia una situación en que esas condiciones garanticen la inserción sociolaboral. Este proceso es denominado habitualmente “itinerario de inserción” e indica un proceso secuenciado en el que se actúa sobre aspectos diversos, en función de un diagnóstico preliminar. Estos itinerarios se establecen para actuar sobre todas las carencias de la persona y en los tiempos e intensidades que su diagnóstico aconseje.

Continuando con el ya mencionado informe “Múltiples Barreras, Múltiples Esfuerzos: barreras al empleo y soluciones para las personas sin hogar” podemos establecer como posibles soluciones al problema del sinhogarismo y al desempleo las siguientes:

1ª) PLANTEAMIENTO INTEGRAL: los servicios de Empleo, Educación y Capacitación para las personas sin hogar deberían ser parte de un planteamiento integral que incluyera también asesoramiento en relación con la vivienda, el empleo y la formación, la salud física y mental, las redes sociales y familiares, las adicciones y con otros temas relacionados. La intervención en los ámbitos de Empleo, Educación y Capacitación de forma aislada reduce las posibilidades de éxito de estos servicios y de usuarios.

2ª) COORDINACIÓN DE SERVICIOS: los servicios de vivienda y los demás servicios que se ofrecen a las personas sin hogar, incluyendo las medidas de Educación, Empleo y Capacitación deben coordinarse eficazmente en el interior de las organizaciones, entre éstas, y entre sectores.

3ª) FLEXIBILIDAD: muchas personas sin hogar necesitan de más tiempo y apoyo para reincorporarse al mundo laboral. Es más, para algunos, el trabajo no es una opción inmediata, ni incluso futura. Las instituciones que trabajan con las personas sin hogar, y las mismas personas sin hogar, necesitan flexibilidad para cambiar de trayectoria, trabajar al ritmo adecuado, y para “fracasar”, algunas veces. No todos los resultados serán positivos y a veces, se necesitarán varios intentos antes de alcanzarlos. Mucha de la financiación para estos servicios, especialmente la que procede de las administraciones locales, regionales y nacionales, es inflexible y no logra cubrir suficientemente el alcance y la intensidad de los servicios necesarios.

4ª) DIFERENTES VÍAS Y ALTERNATIVAS PARA RESPONDER A LAS NECESIDADES Y ASPIRACIONES DE LAS PERSONAS: todas las personas somos diferentes y tenemos diferentes necesidades y aspiraciones. A las personas sin hogar se les deberían ofrecer, cuando fuera factible, diversas alternativas. Sus necesidades, aspiraciones y puntos de vista deberían ser centrales e influir decisivamente en la organización y en la prestación de servicios.

5ª) GESTIÓN DE LOS CASOS POR ORIENTADORES PERSONALES, CON EVALUACIÓN INICIAL Y CONTINUA: la identificación y la comprensión de las necesidades y de las aspiraciones de cada persona es algo fundamental cuando de lo que se trata es de prestar el apoyo adecuado en el momento correcto y de ayudar a resolver problemas. La evaluación debe adoptar un planteamiento integral y llevarse a cabo no sólo al principio, sino también de forma continua. Muchas organizaciones e individuos se han dado cuenta de que la evaluación deviene más honesta y precisa con el tiempo, conforme se va estableciendo relaciones de confianza. La necesidad de un planteamiento de gestión individualizada de cada caso llevada a cabo por un orientador personal que ayude a la persona a navegar a través del sistema y del abanico de servicios, a solucionar problemas, que los ponga en contacto con la organización u organizaciones adecuadas, que gane su confianza, etc.

6ª) AUMENTO DE INCENTIVOS REALES Y REDUCCIÓN DE DESINCENTIVOS: algunos programas han demostrado que la introducción de incentivos significativos, como la previsión de prestaciones de transición una vez que se ha encontrado trabajo, puede aumentar la aceptación de empleos y el logro de resultados. En la medida de lo posible, los incentivos deben aumentarse y los desincentivos ser eliminados.

7ª) APOYO CONTINUO Y ESTABILIDAD EN EL EMPLEO: una parte esencial del programa debería consistir en apoyar a las personas sin hogar a mantener sus puestos de trabajo, y en ayudarles a promocionarse para obtener mejores empleos. Este apoyo, sin embargo, no suele ofrecerse ya que generalmente no existe financiación para este tipo de servicios, a pesar de que serviría para mantener y maximizar la inversión realizada por los participantes, así como por las organizaciones y sus financiadores.

8ª) INFORMACIÓN CLARA Y NO CONTRADICTORIA SOBRE SERVICIOS Y DERECHOS: muchas personas encuentran difícil acceder a la información sobre el conjunto de servicios a su disposición. Muchos encuentran todavía más difícil recibir un asesoramiento preciso y uniforme sobre sus derechos. Es necesario, por tanto, facilitar el acceso de las personas a una información actualizada, clara, coherente y precisa.

9ª) EL MARCO DE POLÍTICAS CORRECTO: con frecuencia, los organismos y las organizaciones no gubernamentales al servicio de las personas sin hogar han desarrollado buenas prácticas y servicios eficaces. La falta de financiación, de compromiso y de coordinación ó la verificación de cambios políticos puede significar que no se haga nada, incluso cuando los legisladores han llevado a cabo programas piloto con resultados satisfactorios ó han conducido estudios y conocen, por tanto, las necesidades y las medidas que deben adoptarse.

10ª) FINANCIACIÓN A MÁS LARGO PLAZO Y MÁS SEGURA: los servicios necesitan una financiación a más largo plazo, flexible y más segura para funcionar de manera eficaz; para prestar el apoyo que las personas desfavorecidas precisan.

Así mismo, FEANTSA en su respuesta al Libro Verde sobre “Modernizar el derecho en el trabajo para afrontar los retos del siglo XXII” anima a la Comisión Europea a desarrollar un modelo de “flexiseguridad” que encuentre un justo equilibrio entre los elementos de flexibilidad y seguridad. En relación a la seguridad para las PSH ésta debería incluir: el acceso equitativo a un nivel de protección social y la garantía de una renta mínima en caso de inactividad económica, desempleo ó participación en el empleo acompañado de tal manera que la renta total esté por encima del umbral de la pobreza.
Por su parte, la flexibilidad incluiría un apoyo personalizado, compañías y empresas sociales que hacen que los contratos de trabajo, los horarios, las responsabilidades profesionales, el medio ambiente de trabajo y la duración del contrato sean flexibles, en función de las necesidades y competencias del trabajador sin hogar así como la puesta en marcha de numerosas actividades profesionales que constituyan un primer paso hacia el empleo acompañado y/o el empleo normalizado.

V-. EMPLEO SOCIAL PROTEGIDO Y EMPRESAS DE INSERCIÓN SOCIAL: DOS INSTRUMENTOS FACILITADORES DE LA INCLUSIÓN SOCIAL DE LAS PERSONAS SIN HOGAR.

El trabajo remunerado en nuestra sociedad es concebido como un factor de integración social por lo que el desempleo debe ser interpretado no sólo como un problema económico sino como una doble crisis: la del empleo y la del Estado Social.

Con el objetivo de luchar contra la exclusión social que genera el desempleo de larga duración entra las personas con niveles nulos ó muy bajos de ocupabilidad (colectivos de baja cualificación, discapacitados y de alta desestructuración social, entre las que se encuentran las PSH) han surgido iniciativas como pueden ser el empleo social protegido y las empresas de inserción social (EIS).

La primera de estas iniciativas consiste en la contratación, por parte de las entidades locales, de personas en situación de exclusión a fin de que éstas adquieran hábitos y habilidades que posibiliten su inserción laboral posterior. De esta forma el usuario aprende habilidades u oficios al mismo tiempo que trabaja en proyectos de interés municipal (cuidado de zonas ajardinadas, mantenimiento, etc.). Para algunas personas este tipo de empleo es la única salida laboral, mientras que, para otras, es un mero “puente” hacia un empleo normalizado.

Por su parte, el origen de las EIS en España se remonta a la década de los ochenta. Las EIS, constituyen una tipología especial dentro de las empresas de carácter social y confirman que el empleo es y será para los más desfavorecidos y excluidos uno de los principales vectores de inserción social y una forma de participación en la actividad de la sociedad. Las iniciativas desarrolladas por las empresas de inserción en este campo en el Estado han sido numerosas en los últimos años, y han supuesto el apoyo continuo a las personas más desfavorecidas en la sociedad.

Son iniciativas que,mediante la actividad empresarial, acompañadas de actuaciones sociales y de inserción social, hacen posible la inclusión sociolaboral de personas excluidas para su posterior colocación en empresas convencionales ó en proyectos de autoempleo.

Las metodologías que se desarrollan durante un itinerario de itinerario de inserción, tienen como objetivo potenciar las capacidades de las personas a través de los conocimientos técnicos, habituación sociolaboral y determinación de prioridades adecuadas a sus posibilidades y a las del mercado laboral.

Las EIS deben entenderse como un instrumento más, dirigido a la inserción de los sectores excluidos de la sociedad, articulándose en este caso tal inserción a través de una prestación laboral en la empresa de inserción que permita la transición de la persona en situación de exclusión social al empleo ordinario.

Miedes Ugarte (2.002), define las EIS, como “estructuras de producción de bienes y servicios cuyo objeto es la integración laboral de personas provenientes de situaciones de exclusión social, proporcionando a los trabajadores procesos integrados y personalizados de trabajo remunerado, formación profesional, habituación laboral y social y, en su caso, incorporación al mercado ordinario a través de los contratos vigentes. Son experiencias de transición que generan una autonomía y competitividad en el mercado de trabajo a medio plazo”.

En el contexto europeo, estas iniciativas se iniciaron en la década de los setenta, como respuesta a las deficiencias de las políticas de empleo dirigidas a colectivos en situación de exclusión. La forma jurídica que han adoptado varía según cada país. Así por ejemplo, en Italia son mayoritarias las cooperativas sociales dedicadas tanto a la oferta de servicios sociales como a la inserción de personas desfavorecidas; en Bélgica, prioritariamente bajo la forma de asociación no lucrativa se localizan aquellas que ofrecen formación temporal por el trabajo y las que buscan la creación de empleo estable (talleres protegidos y talleres sociales); en el Reino Unido se combinan la forma cooperativa y la asociativa; en España la economía social ha jugado un papel importante en la lucha contra el desempleo a través de cooperativas y sociedades laborales.

En cuanto a las características que han de presentar las EIS mencionar:

  • Los medios de producción no son propiedad privada de ninguno de sus miembros.

  • Actividad productiva de interés público ó social.

  • Los beneficios resultantes de la actividad que realiza, se reinvierte en la propia empresa.

  • Empresariado social, prestando especial atención al desarrollo de habilidades comunicativas, participación en el trabajo y en la organización de los trabajadores.

  • Organizaciones privadas e independientes del sector público.

  • Existencia de voluntariado.

Las EIS, pueden ser concebidas como:

  • De transición: limitan el tiempo de permanencia de una mayoría de trabajadores, ya que pretenden ofrecer la recuperación laboral plena de colectivos afectados por causas coyunturales en el mercado de trabajo. Realizan un mayor énfasis en actividades formativas y mantienen mayor contacto con el mercado de trabajo exterior.

  • Finalistas: destinan una parte importante de sus puestos de trabajo a ser ocupados permanentemente por personas con especiales dificultades para acceder al empleo ordinario y con pocas perspectivas de poder llegar a hacerlo. Constituyen un fin en si mismas.

La distinción entre ambos tipos de iniciativas no siempre es nítida solapándose frecuentemente.

Ahora bien, ¿cuáles son las posibilidades y límites que presentan las EIS como instrumentos de política laboral activa?

Posibilidades:


  • Procesos de selección y formación con costes inferiores a los de las empresas normalizadas.

  • Alto potencial de fiabilidad y credibilidad tanto para la Administración Pública como para los sindicatos, basado en su carácter no lucrativo.

  • fondos y ayudas públicas, por lo que se asegura un saldo positivo medido a partir del déficit productivo de sus integrantes.

  • Catalizadoras en la generación e implementación de las políticas activas de empleo mediante la presión-negociación-autoimplicación.

  • Adaptabilidad a cualquier ambiente y situación, propiciando actuaciones en función de las necesidades de los participantes.

Limitaciones:

  • Selección selectiva de los participantes (aquellos con mayores posibilidades de productividad).

  • Debilidad financiera: precariedad de las financiaciones públicas (cuantías insuficientes, retrasos en los pagos, etc.), difícil acceso a métodos de financiación (escaso fondo patrimonial, desconfianza de las entidades financieras, etc.).

  • Competencia desleal con respecto al resto de empresas que operan el mercado (menor coste laboral, mayor facilidad en el acceso a subvenciones, etc.)

  • Escasa aceptación y reconocimiento social y de las empresas que conforman el mercado laboral normal en particular, lo que dificulta la posterior contratación de los trabajadores desfavorecidos, pero potencialmente productivos.

  • Carácter poco profesional y planificado de sus intervenciones.

  • Escasos incentivos a la eficiencia mostrada por los gerentes de estas entidades.

A pesar de lo señalado anteriormente, se ha de matizar que, para que una EIS consiga sus objetivos, se han de tener en cuenta los siguientes aspectos:

  • Actividad productiva llevada a cabo con criterios de empresa.

  • Los participantes han de disponer de un mínimo de actitudes para el desarrollo de la actividad en la que se centra la EIS.

  • Mayor porcentaje de trabajadores con capacidad normal, para garantizar el correcto funcionamiento de la misma.

  • Proyecto formativo global y programas individualizados definidos.

  • Prospección de los huecos de actividad, tanto de producción como de profesión.

  • Conexión con las empresas tradicionales con el objetivo de eliminar las reticencias de éstas a posibles contrataciones de participantes en las EIS.

  • Colaboración institucional y financiera.

En definitiva, la teoría y la praxis de las políticas de inserción dirigidas a colectivos desfavorecidos nos viene a poner de manifiesto la importancia de las EIS no sólo como un instrumento de intervención si no como objetivo final, en sí mismo, de inserción.

VI-. LEY 44/2.007 DE 13 DE DICIEMBRE PARA LA REGULACIÓN DEL RÉGIMEN DE LAS EMPRESAS DE INSERCIÓN.

El pasado mes de diciembre, celebrábamos tanto las entidades que vienen trabajando con personas en situación de exclusión como las propias personas, la publicación en el Boletín Oficial del Estado (B.O.E), de la tan esperada y reclamada Ley que regulase el régimen de las empresas de inserción. Hasta entonces, dichas iniciativas habían vivido tanto en una situación de ilegalidad como en un marco de confusión legislativo.

Los principios que inspiran la presente Ley se fundamentan en el mandato Constitucional del art. 9.2, que ordena a los poderes públicos “facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social de nuestro país”. Por otra parte, las personas particularmente desfavorecidas ó en situación de exclusión social, encuentran especiales dificultades para acceder al mercado de trabajo, debido a sus carencias sociales, económicas, educativas y de cualificación laboral, con lo que el ejercicio de un trabajo, derecho y deber de todo ciudadano consagrado en el artículo 35 C.E., presenta para ellas numerosos problemas debido a la desmotivación personal, al desconocimiento ó abandono de los hábitos sociales y laborales básicos, así como a la carencia de niveles educativos mínimos y la falta de adaptación profesional.

Las transformaciones que están experimentando la economía, la sociedad, los continuos avances tecnológicos y los cambios en los hábitos laborales y en los sistemas de organización de trabajo, acompañado de la pérdida de lazos sociales y familiares, configuran algunas de las múltiples causas de la exclusión social.

Un rasgo común a casi todas las situaciones de exclusión social es la dificultad para participar en los mecanismos habituales de formación e inserción social. Para ello es esencial involucrar en la lucha contra la exclusión social a las diferentes Administraciones Públicas, a través de acciones de integración encaminadas a potenciar la plena participación de los colectivos afectados por esta situación.

En el ámbito comunitario cabe resaltar que uno de los tres objetivos globales de la estrategia europea de empleo (EEE) es consolidar la inclusión social, prevenir a exclusión del mercado laboral y apoyar la integración en el empleo de las personas desfavorecidas. La Comunicación de la Comisión Europea de 2.005, sobre la Agenda Social en la U.E., anunció la proposición por parte de la Comisión Europea de un Año Europeo (2.010) de la lucha contra la pobreza y la exclusión social.

A nivel estatal, tanto el Programa Nacional de Reformas del Reino de España, el IV Plan Nacional de Acción para la Inclusión Social 2.006-2.008 como la disposición final quinta de la Ley 43/2.006 de 29 de diciembre han sido fundamentales en la creación de un marco legal para las EIS.

En los distintos borradores elaborados por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales se han tenido en cuenta las aportaciones tanto de los principales sindicatos como las opiniones versadas por el propio sector de las empresas de inserción representadas por FEDEI-CEPES, de las distintas Comunidades Autónomas y del Consejo Económico y Social.

La Ley se estructura en seis Capítulos, con dieciocho artículos, cinco Disposiciones adicionales, tres Disposiciones Transitorias, una Disposición derogatoria y seis Disposiciones finales.

En el Capítulo I se establecen el objeto y los fines de la Ley, pasándose a definir los trabajadores contratados por las EIS destinatarios de los procesos y medidas para la inserción sociolaboral: personas en situación de exclusión social, con especiales dificultades para su acceso al mercado de trabajo y pertenecientes a colectivos socialmente desfavorecidos. La cualificación de la situación de exclusión social se confiere a los Servicios Sociales Públicos competentes correspondientes de las Comunidades Autónomas y en el ámbito local los determinados por los municipios de acuerdo con la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

El Capítulo II, establece el régimen jurídico de las empresas de inserción. Junto al hecho de una necesaria tutela por parte de las Administraciones Públicas, tienen que reinvertir la mayor parte de sus posibles beneficios económicos en la ampliación ó mejora de sus estructuras productivas ó de inserción. Asimismo, se regula el porcentaje de trabajadores en proceso de inserción que estas empresas deben tener respecto al total de los trabajadores de la plantilla (mínimo 30% en los tres primeros años y del 50% a partir del cuarto año, no pudiendo ser el número de aquellos inferior a dos). Igualmente se recoge la creación de un Registro Administrativo de las Empresas de Inserción en el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales a efectos informativos.

En el Capítulo III, se define la actuación de la Administración Pública responsable, en cada caso, de los Servicios Sociales Públicos competentes y de los Servicios Públicos de Empleo en relación con los procesos de inserción, contemplándose acciones previas a la incorporación de los trabajadores a las empresas de inserción, así como de seguimiento y apoyo a éstos una vez finalizada su estancia en dichas empresas.

En el Capítulo IV, se desarrolla la relación laboral a concertarse entre un trabajador calificado en situación de exclusión y una empresa de inserción, teniendo por objeto la prestación de un trabajo retribuido acompañado de un itinerario de inserción personalizado previamente definido. Dicha relación laboral se sitúa dentro del marco común que se establece en el Estatuto de los Trabajadores, contemplándose en el texto determinadas particularidades inherentes a las relaciones y condiciones de trabajo existentes en estas empresas.

Dentro de las medidas de promoción de las EIS se contemplan, en el Capítulo V diversas ayudas encaminadas a la contratación de personas calificadas en situación de exclusión social, así como una serie de subvenciones que pudieran compensar los sobrecostes laborales por la menor productividad de estas personas en la actividad empresarial y las ayudas correspondientes al seguimiento del itinerario de inserción social. Asimismo, se reconocen otras ayudas para la creación y desarrollo de empresas de inserción.

Por último mencionar que el Capítulo VI, está dedicado al establecimiento del Régimen de Infracciones y sanciones, que se desarrolla mediante la Disposición final primera.

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* Datos sobre los autores:
* Javier Canón Ramírez
Licenciado en Derecho por la Universidad de Granada. Curso de postgrado en la Escuela de Prácticas Jurídicas de Granada. Empresa para la que trabaja: Excma. Diputación de Granada. Centro de Estudios Municipales y Cooperación Internacional (C.E.M.C.I.). España.
* Roberto Peña García
Diplomado en Trabajo Social por la Universidad de Granada. Coordinador Centro de Acogida “Luz Casanova”. Empresa para la que trabaja: Cáritas Diocesana de Granada. España.

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