Versión en español, del original en inglés,
revisada por el Consejo General de Colegios Oficiales de Diplomados en
Trabajo Social. España
Documento aprobado por la
Asamblea General de la Federación Internacional de Trabajadores Sociales
celebrada en Colombo, Sri Lanka, del 6 al 8 de julio de
1994.
1. ANTECEDENTES
Una conciencia
ética es parte necesaria de la práctica profesional de todo trabajador
social. Su capacidad de actuar según unos principios éticos es un aspecto
fundamental de la calidad del servicio que ofrece.
El objetivo del
trabajo de la FITS sobre la ética es promover una reflexión y un debate en
las asociaciones y colegios profesionales miembros de la Federación y
entre los trabajadores sociales de los países miembros.
Las bases
para el posterior desarrollo del trabajo de la FITS sobre la ética se
encuentran en "La Etica del Trabajo Social - Principios y Criterios" que
consta de dos documentos: "Declaración Internacional sobre los Principios
Eticos del Trabajo Social" y "Criterios Eticos Internacionales para los
Trabajadores Sociales". Estos documentos exponen los principios éticos
básicos de la profesión de trabajo social, recomiendan procedimientos en
los casos de dilemas éticos, y tratan de la relación de la profesión y de
los trabajadores sociales individuales con los clientes y usuarios,
colegas y otras personas relacionadas con este campo. Estos documentos son
parte de un proceso continuo de puesta en práctica y revisión.
2. DECLARACION INTERNACIONAL DE PRINCIPIOS ÉTICOS DEL
TRABAJO SOCIAL
2.1 Introducción
La FITS reconoce
la necesidad de una declaración de principios éticos que sirva de guía en
relación a los problemas éticos en el trabajo social.
Los
objetivos de la Declaración Internacional de Principios Éticos
son:
- Formular un conjunto de principios básicos para el trabajo social,
que pueda adaptarse a distintos ámbitos sociales y culturales.
- Identificar áreas éticamente problemáticas en la práctica del
trabajo social (a partir de ahora nos referiremos a ellas como "áreas
problema").
- Proporcionar orientación sobre los métodos a elegir para tratar y
resolver cuestiones o problemas éticos (se denominan partir de ahora
"métodos para actuar en cuestiones o ante problemas
éticos").
Conformidad:
La Declaración Internacional de Principios
Eticos da por sentado que las asociaciones afiliadas a la FITS, así como
los miembros de cada una de ellas, se adhieren a los principios formulados
en ella. La FITS espera que cada asociación ayude a sus miembros a
identificar y resolver las cuestiones o problemas éticos que se presenten
en el ejercicio de la profesión.
Las asociaciones miembros de la
FITS y sus asociados pueden informar ante el Comité Ejecutivo de la FITS
acerca de aquellas asociaciones que no se adhieran a estos principios. Las
Asociaciones Nacionales que experimenten dificultades para adoptar estos
principios deben notificarlo al Comité Ejecutivo de la FITS. El Comité
Ejecutivo podrá imponer las condiciones e intenciones de la Declaración de
Principios Eticos a aquellas asociaciones que no las acaten. Si esto no
fuera suficiente, el Comité Ejecutivo puede, como paso siguiente, sugerir
la suspensión o expulsión de la asociación.
La Declaración
Internacional de Principios Eticos se debe hacer pública. Esto
permitirá a clientes y usuarios, empleadores, profesionales de otras
disciplinas y público en general, saber a qué atenerse respecto a los
fundamentos éticos del trabajo social.
Somos conscientes de que un
conjunto detallado de criterios éticos para las asociaciones miembros
sería poco realista, debido a las diferencias legales, culturales y
políticas de los distintos países miembros.
2.2 Los Principios
Los trabajadores
sociales contribuyen al desarrollo de los seres humanos, por medio de su
aceptación de los siguientes principios básicos:
2.2.1 Todo ser
humano posee un valor único, lo que justifica la consideración moral hacia
cada persona.
2.2.2 Cada individuo tiene derecho a la
autorealización, hasta donde no interfiera con el mismo derecho de los
demás, y tiene la obligación de contribuir al bienestar de la
sociedad.
2.2.3 Cada sociedad, independientemente de su
organización, debe funcionar de manera que proporcione los máximos
beneficios a todos sus miembros.
2.2.4 Los trabajadores sociales
tienen un compromiso con los principios de la justicia
social.
2.2.5 Los trabajadores sociales tienen la responsabilidad
de dedicar sus conocimientos y técnicas, de forma objetiva y disciplinada,
a ayudar a los individuos, grupos, comunidades y sociedades en su
desarrollo y en la resolución de los conflictos personales y/o sociales y
sus consecuencias.
2.2.6 Los trabajadores sociales deberán
proporcionar la mejor atención posible a todos aquellos que soliciten su
ayuda y asesoramiento, sin discriminaciones injustas basadas en
diferencias de género, edad, discapacidad, color, clase social, raza,
religión, lengua, creencias políticas o inclinación sexual.
2.2.7
Los trabajadores sociales respetan los derechos humanos fundamentales de
los individuos y los grupos reconocidos en la Declaración Universal de los
Derechos Humanos de las Naciones Unidas y otros acuerdos internacionales
derivados de dicha Declaración.
2.2.8 Los trabajadores sociales
tienen en cuenta los principios de derecho a la intimidad,
confidencialidad y uso responsable de la información, en su trabajo
profesional. Los trabajadores sociales respetan la confidencialidad
justificada, aún en los casos en que la legislación de su país esté en
conflicto con este derecho.
2.2.9 Los trabajadores sociales deben
trabajar en estrecha colaboración con los clientes y usuarios, y en
interés de los mismos, pero prestando el debido respeto a los intereses de
las demás personas involucradas. Se debe motivar a los clientes y usuarios
a que participen los más posible y deben ser informados de los riesgos y
posibles ventajas de las propuestas de actuación que se les
ofrezcan.
2.2.10 Los trabajadores sociales esperan, generalmente,
que los clientes y usuarios se responsabilicen, en colaboración con ellos,
de las actuaciones que puedan afectar a su vida. Sólo deberían adoptarse
medidas coercitivas en favor de una de las partes implicadas en un
conflicto, después de una cuidadosa evaluación de los argumentos de cada
una de las partes en litigio. Los trabajadores sociales deben hacer el
menor uso posible de medidas legales coercitivas.
2.2.11 El trabajo
social es incompatible con el apoyo, directo o indirecto, a los
individuos, grupos, fuerzas políticas o estructuras de poder que destruyan
a otros seres humanos con el terrorismo, la tortura u otros medios
violentos similares.
2.2.12 Los trabajadores sociales toman
decisiones justificadas éticamente y las mantienen, teniendo en cuenta la
"Declaración Internacional de Principios Eticos de la FITS" y los
"Criterios Eticos Internacionales para los Trabajadores Sociales"
adoptados por susasociaciones y colegios profesionales nacionales.
2.3 Areas problema
2.3.1 Las áreas problema en las que se plantean cuestiones éticas, no
son necesariamente universales debido a diferencias políticas y
culturales. Se anima a cada asociación nacional a promover debates y
aclarar cuestiones de contenido importante y problemas especialmente
relevantes para cada país. Las siguientes áreas problema son, sin embargo,
ampliamente reconocidas como tales:
1) Cuando el trabajador
social se encuentre ante una situación de conflicto entre los intereses
de:
- Los propios trabajadores sociales y sus clientes.
- Clientes individuales y otros individuos.
- Grupos de clientes.
- Grupos de clientes y el resto de la población.
- Sistemas/instituciones y grupos de clientes.
- Sistemas/instituciones/empleadores y trabajadores sociales.
- Distintos grupos de profesionales.
2) El hecho de que el trabajador social actúa a la vez para ayudar y
controlar.
La relación entre estos dos aspectos opuestos del
trabajo social exige una aclaración, basada en una elección explícita de
valores, para evitar que se mezclen las motivaciones, o que no estén
claras, así como las actuaciones y las consecuencias de dichas
actuaciones.
Cuando esté previsto que los trabajadores sociales
actúen en un rol de control de los ciudadanos para la Administración,
están obligados a aclarar las implicaciones éticas de este cometido y,
hasta qué medida, este papel es aceptable desde el punto de vista de los
principios éticos del trabajo social.
3) El deber que tiene el
trabajador social de proteger los intereses del cliente puede entrar
fácilmente en conflicto con demandas de eficiencia y
utilidad.
La importancia de este problema aumenta cada día
debido a la introducción y uso de la tecnología informática en los
diversos campos del trabajo social.
2.3.2 Los principios
establecidos en el apartado 2.2 deben ser siempre la base de cualquier
consideración o elección hecha por los trabajadores sociales al
enfrentarse con cuestiones o problemas en estas áreas.
2.4 Métodos para la resolución de cuestiones o
problemas
2.4.1 Es necesario que a la hora de tratar cualquier asunto dentro de
las asociaciones nacionales de trabajadores sociales, se tengan en cuenta
las cuestiones o problemas éticos y se intente resolverlos en foros
colectivos dentro de cada organización. Estos foros deberán posibilitar
que los trabajadores sociales discutan, analicen y traten de las
cuestiones o problemas éticos con sus colegas, otros grupos de expertos y
con personas afectadas por los temas en discusión. Además dichos foros
deberán proporcionar la posibilidad de que los trabajadores sociales
reciban orientaciones de sus colegas y de otras personas. El análisis y la
discusión de cuestiones de tipo ético deben ir siempre encaminados hacia
la búsqueda de opciones y posibilidades.
2.4.2 Las asociaciones
miembros tienen que elaborar y/o adaptar criterios éticos para los
distintos campos de trabajo, sobre todo para aquellos en los que surgen
cuestiones y problemas éticos complicados y también para aquellas áreas
donde los principios éticos del trabajo social pueden entrar en conflicto
con el sistema legal del país en cuestión o la política
gubernamental.
2.4.3 Cuando existan unos fundamentos éticos
establecidos como guía para las actuaciones en la práctica del trabajo
social, el deber de las asociaciones es ayudar a los trabajadores sociales
a analizar y plantearse las cuestiones o problemas éticos sobre estas
bases:
- Los principios básicos de la Declaración (apartado
2.2).
- El contexto ético/moral y político de las actuaciones; es
decir, un análisis de los valores y fuerzas en que se encuadra la
acción.
- Los motivos de la actuación, o sea, procurar que cada
trabajador social sea cada vez más consciente de cuales son sus
intenciones y objetivos en cada actuación que emprende.
- La naturaleza de la actuación, es decir, ayudar a realizar un
análisis del contenido moral de la actuación, por ejemplo, casos en que
hay que imponer una decisión en vez de conseguir una cooperación
voluntaria.
- Las consecuencias que una actuación puede tener sobre
distintos grupos, o sea, un análisis de las consecuencias de diversas
líneas de actuación sobre todas las partes implicadas, a corto y largo
plazo.
2.4.4 Las asociaciones miembro tienen la responsabilidad de promover
debates, formación e investigación sobre cuestiones éticas.
3. CRITERIOS ETICOS INTERNACIONALES PARA LOS
TRABAJADORES SOCIALES
(Esta sección se basa en el "Código Internacional Deontológico
para el Trabajador Social Profesional" adoptado por la FITS en 1976,
pero no incluye los principios éticos, dado que éstos figuran actualmente
en la nueva Declaración Internacional de Principios Éticos del Trabajo
Social, en el apartado 2.2 del presente documento).
3.1 Preámbulo
El trabajo social tiene su
origen, de una u otra forma, en filosofías e ideales humanitarios,
religiosos y democráticos. Su aplicación es universal y se dirige hacia
aquellas necesidades humanas que surgen de la interrelación
personal-social, y también a desarrollar el potencial humano. Los
trabajadores sociales profesionales se dedican a conseguir el bienestar y
la autorrealización de los seres humanos; al desarrollo y utilización
correcta de los conocimientos respecto al comportamiento humano y social;
al desarrollo de los recursos necesarios para atender las aspiraciones y
necesidades de los individuos, de los grupos, nacionales e
internacionales; y a la consecución de la justicia social. Basándose en la
Declaración Internacional de Principios Éticos del Trabajo Social, el
trabajador social está obligado a aceptar estos criterios de conducta
ética.
3.2 Criterios Generales de Conducta
Etica
3.2.1 Tratar de comprender a cada cliente
individual y su entorno, así como los elementos que afectan su conducta y
el servicio requerido.
3.2.2 Mantener y defender los valores,
conocimientos y metodología de la profesión, absteniéndose de cualquier
comportamiento que perjudique el desarrollo de la misma.
3.2.3
Reconocer las limitaciones profesionales y personales.
3.2.4
Promover la utilización de todas las técnicas y conocimientos
apropiados.
3.2.5 Aplicar métodos adecuados para el desarrollo y la
validez de los conocimientos.
3.2.6 Contribuir con la experiencia
profesional al desarrollo de políticas y programas que mejoren la calidad
de vida en la sociedad.
3.2.7 Identificar e interpretar las
necesidades sociales.
3.2.8 Identificar e interpretar los orígenes
y naturaleza de los problemas sociales, a nivel, tanto individual como de
grupo, comunidad, nacional e internacional.
3.2.9 Identificar e
interpretar el trabajo profesional.
3.2.10 Clarificar si las
declaraciones públicas o las actuaciones se hacen a nivel individual o en
representación de una asociación profesional, entidad, organización, u
otros grupos.
3.3 Criterios del Trabajo Social
en relación con los Clientes
3.3.1 Aceptar una
responsabilidad fundamental respecto a clientes o usuarios concretos,
dentro de las limitaciones que marquen los derechos de los
demás.
3.3.2 Salvaguardar el derecho del cliente o usuario a una
relación de confianza, intimidad y confidencialidad, así como al uso
responsable de la información la obtención y difusión de información o
datos sólo debe realizarse en función de un servicio profesional,
manteniendo al cliente informado de su necesidad y utilización. No se
divulgará información sin el conocimiento y consentimiento previos del
cliente o usuario, excepto si éste no es responsable o se puede perjudicar
gravemente a otras personas. El cliente tiene acceso a los expedientes de
trabajo social que le conciernen.
3.3.3 Reconocer y respetar los
objetivos, responsabilidades y diferencias individuales de los clientes y
usuarios. Dentro del ámbito de la entidad y del medio social del cliente,
el servicio profesional debe ayudar a los usuarios a responsabilizarse de
las actuaciones personales y atender a todos los clientes y usuarios con
igual disposición. En los casos en que los servicios profesionales no
puedan ofrecerse en estas condiciones, el cliente será informado para que
pueda actuar libremente.
3.3.4 Ayudar al cliente o usuario -
individuo, grupo, comunidad o sociedad - a conseguir su autorealización y
máximo potencial dentro de los límites de los derechos respectivos de los
demás. El servicio debe basarse en ayudar a los clientes y usuarios a
comprender y utilizar la relación profesional para desarrollar los
legítimos deseos e intereses de dichos clientes y
usuarios.
3.4 Criterios del Trabajo Social en
relación con las Entidades y Organizaciones
3.4.1
Trabajar y/o cooperar con las entidades y organizaciones cuyas políticas,
procedimientos y operaciones van dirigidas a proporcionar servicios
adecuados y promover la práctica profesional dentro del marco de los
principios éticos de la FITS.
3.4.2 Cumplir responsablemente los
objetivos establecidos y las funciones de la entidad u organización,
contribuyendo al desarrollo de políticas, procedimientos y prácticas
debidas para conseguir los mejores niveles posibles de
actuación.
3.4.3 Mantener que la responsabilidad última es hacia el
cliente, poniendo en marcha los necesarios cambios de políticas,
procedimientos y actuaciones a través de los canales apropiados con los
que cuentan entidades y organizaciones. Si se agotan estos canales sin
encontrar los remedios necesarios habrá que recurrir a instancias más
altas o a la más amplia comunidad de interés.
3.4.4 Garantizar
eficiencia y eficacia para con el cliente o usuarios y con la comunidad,
por medio de revisiones periódicas del proceso a través del cual se
proporcionan los servicios.
3.4.5 Utilizar todos los medios éticos
posibles para acabar con las prácticas no éticas cuando las líneas de
actuación, procedimientos y prácticas están en conflicto directo con los
principios éticos del trabajo social.
3.5
Criterios del Trabajo Social en relación con los
Colegas
3.5.1 Reconocer la educación, formación
continuada y actuación de los colegas trabajadores sociales y de los
profesionales de otras disciplinas, promoviendo toda la cooperación que
sea necesaria para conseguir unos servicios cada vez más
efectivos.
3.5.2 Aceptar las diferencias de opinión y actuación de
los colegas trabajadores sociales u otros profesionales, expresando las
críticas a través de los canales adecuados, de forma
responsable.
3.5.3 Promover y compartir las oportunidades de
conocimientos, experiencia e ideas con todos los colegas, profesionales de
otras disciplinas y voluntarios, con el propósito de beneficiarse
mutuamente.
3.5.4 Llamar la atención de los organismos adecuados,
dentro y fuera de la profesión, en los casos de violación de los
principios y criterios éticos profesionales, asegurándose de que los
clientes afectados sean adecuadamente involucrados.
3.5.5 Defender
a los colegas contra actuaciones injustas.
3.6
Criterios relativos a la Profesión
3.6.1 Mantener los
valores, principios éticos, conocimientos y metodología de la profesión y
contribuir a su clarificación y mejora.
3.6.2 Mantener los niveles
profesionales de práctica y actuar para conseguir que
mejoren.
3.6.3 Defender a la profesión contra las críticas
injustas, y trabajar para aumentar la confianza en la necesidad de la
práctica profesional.
3.6.4 Presentar críticas constructivas de la
profesión, y de sus teorías, métodos y prácticas.
3.6.5 Promover
nuevos enfoques y metodologías útiles para responder a las necesidades
nuevas, así como a las ya
existentes.