TLC
Resumen Acuerdo Libre Comercio Chile-E.U.

Publicado por: Departamento de Estado de Estados Unidos
Tratado elimina aranceles y cuotas

Estados Unidos y Chile concluyeron el 11 de diciembre las negociaciones encaminadas a crear un acuerdo de libre comercio entre ambos países. El pacto se someterá el año próximo a la aprobación de los respectivos congresos.

El representante de Comercio de Estados Unidos, Robert B. Zoellick, calificó el acuerdo de "histórico", y explicó que abrirá a los trabajadores, agricultores, inversionistas y consumidores norteamericanos uno de los mercados más pujantes y promisorios del hemisferio.

A continuación una traducción extraoficial del resumen del acuerdo, preparado por la embajada de Estados Unidos en Santiago de Chile:

12 de diciembre de 2002

Resumen del Acuerdo de Libre Comercio Chile-Estados Unidos

A continuación una traducción extraoficial de una hoja informativa sobre el acuerdo de libre comercio entre Chile y Estados Unidos, preparada por la Oficina del Representante de Comercio de Estados Unidos y dado a conocer el 11 de diciembre de 2002

"Vamos a avanzar hacia el libre comercio a través de las Américas, completando nuestro ALC con Chile... (un país) que ha establecido la norma en América Latina para abrir en forma progresiva su economía y transformar su sistema político".

Robert B. Zoellick, representante de Comercio de Estados Unidos

Comercio de Bienes

Los aranceles y cuotas de todos los bienes son eliminados
inmediatamente o después de los períodos de transición, sin excepciones.

Nuevo acceso al mercado para productos industriales y de consumo de Estados Unidos

-- Más del 85 por ciento del comercio bilateral de productos industriales y de consumo quedará liberado de aranceles de manera inmediata cuando entre en vigencia el acuerdo, y la mayoría de los aranceles restantes serán eliminados en un plazo de cuatro años.

-- Sectores claves de exportación de Estados Unidos, tales como equipos agrícolas y para la construcción, automóviles y repuestos, computadoras y otros productos de información tecnológica, equipos médicos y productos de papel, obtienen un acceso inmediato libre de aranceles a Chile.

-- El "impuesto al lujo" a los automóviles que aplica Chile se eliminará en un plazo de 4 años. Mientras tanto, la cantidad de vehículos a los que se aplica ese impuesto será reducida drásticamente al entrar en vigencia el acuerdo.

-- Los textiles y la ropa estarán exentos de aranceles en forma inmediata si cumplen con la norma de origen del acuerdo, promoviendo nuevas oportunidades para la fabricación de fibras, lanas, géneros y vestuario de Chile y Estados Unidos. Una cantidad anual limitada de textiles y vestuario que no contengan lana, fibras o géneros chilenos o norteamericanos también podrán calificar para el tratamiento libre de aranceles.

Nuevas oportunidades para los agricultores norteamericanos.

-- Más de tres cuartas partes de los bienes agrícolas estadounidenses ingresarán a Chile libres de aranceles en el plazo de cuatro años y todos los aranceles sobre productos estadounidenses serán eliminados en 12 años. Los productos agrícolas estadounidenses claves se beneficiarán con un mejor acceso a los mercados, incluyendo cerdos y sus derivados, vacunos y sus derivados, soja y alimentos que contienen soja, trigo duro, granos para alimentación del ganado, papas y alimentos procesados tales como papas fritas, pasta, licores y cereales para el desayuno. Los aranceles sobre vinos chilenos y norteamericanos serán los primeros en ser igualados a las tasas menores que aplica Estados Unidos, las que luego serán eliminadas.

-- Los agricultores norteamericanos tendrán acceso a Chile en iguales o mejores condiciones que la Unión Europea o Canadá, los que tienen tratados de libre comercio con Chile.

-- Las bandas de precio chilenas, según las cuales los aranceles de importación sobre el mismo producto pueden variar según el nivel del precio, serán gradualmente eliminadas. Durante este período de reducción gradual, los productores de estos bienes serán tratados en iguales o mejores condiciones que sus competidores de otros países. La eliminación de las bandas de precio no fue parte de los tratados con la Unión Europea o Canadá.

-- Se elimina el uso de subsidios de exportación al comercio agrícola entre Chile y Estados Unidos, pero se mantiene el derecho a responder si terceros países utilizan subsidios de exportación para desplazar productos estadounidenses en el mercado chileno.

-- Una salvaguardia agrícola provisoria ayudará a proteger a los agricultores y campesinos norteamericanos de alzas repentinas de las importaciones de Chile.

-- Ambas partes renovaron su compromiso de continuar trabajando en la solución de temas sanitarios y fitosanitarios, tales como inspecciones de carnes y productos lácteos y la clasificación de carnes, que inhiben su acceso a los consumidores en ambos mercados.

Comercio de Servicios

Estados Unidos es el mayor socio comercial de Chile. El intercambio de bienes y servicios alcanzó a 8.800 millones de dólares durante el año 2001.

Comercio de servicios: acceso a mercados e igualdad regulatoria

-- Los compromisos en materia de servicios cubren tanto el suministro transfronterizo de servicios (tales como servicios proporcionados a través de medios electrónicos o por medio del viaje de nacionales) y el derecho a invertir y establecer una presencia local de servicios.

-- El acceso a mercados tradicionales está complementado por una fuerte y detallada disciplina sobre transparencia regulatoria. Las autoridades encargadas de las regulaciones deben utilizar procedimientos administrativos abiertos y transparentes, consultar con las partes interesadas antes de emitir regulaciones, informarlas oportunamente y establecer períodos para comentar las reglas propuestas y publicar todas las regulaciones.

Compromiso amplio de abrir los mercados de servicios

-- Chile acordará un acceso sustancial al mercado en toda la gama de servicios, con muy pocas excepciones, lo que se ha denominado un enfoque de "lista negativa".

-- Los compromisos de acceso al mercado se aplican a un amplio rango de sectores, incluyendo, pero no limitándose a:

computadoras y servicios relacionados; servicios de telecomunicaciones; servicios audiovisuals; construcción e ingeniería; turismo; publicidad; envíos expresos; servicios profesionales (arquitectos, ingenieros, contadores, etc.); servicios de distribución, tales como ventas al por mayor, al detalle y franquicias; educación de adultos y servicios de capacitación; servicios ambientales.

-- El compromiso en materia de envíos expresos incluye una definición ampliada de la naturaleza integrada de los servicios expresos y reafirma las oportunidades competitivas existentes.

-- Nuevas oportunidades para bancos, compañías aseguradoras y de valores y servicios relacionados
-- El capítulo de servicios financieros incluye obligaciones fundamentales de no discriminación, tratamiento de la nación más favorecida, y sobre acceso adicional a los mercados.

-- Las empresas aseguradoras norteamericanas obtienen plenos derechos para establecer subsidiarias o sociedades conjuntas (joint venture) para todos los sectores de seguros (vida, no-vida, reaseguros, corretaje) con excepciones limitadas. Chile se ha comprometido a integrar gradualmente los derechos para proveer servicios de seguros a través de sucursales locales apoyadas por capital de las casas matrices en Estados Unidos

-- Chile se compromete a modificar su legislación para abrir el suministro transfronterizo de seguros en sectores claves tales como marítimos, de aviación y de transporte (MAT), corretajes de seguros y de reaseguros y seguros MAT, y confirma los derechos existentes para el reaseguro.

-- Un nuevo principio de disponibilidad expedita de servicios de seguro significa que no se requiere la aprobación previa de la regulación de un producto para seguros vendidos a la comunidad empresarial. Procedimientos expeditos están disponibles para otros casos cuando la aprobación previa de un producto es necesaria.

-- Los bancos y firmas de valores norteamericanos podrán establecer sucursales y subsidiarias y pueden invertir en empresas locales sin restricción, excepto en circunstancias muy limitadas.

-- Las instituciones financieras norteamericanas podrán ofrecer servicios financieros a ciudadanos que participen en los altamente exitosos sistemas de ahorro voluntario. Las firmas norteamericanas también obtienen una mayor posibilidad para ofrecer tales productos a través del sistema obligatorio de seguridad social chileno.

-- Chile permitirá a las firmas con base en los Estados Unidos ofrecer servicios transfronterizos a chilenos en áreas tales como información financiera y procesamiento de información, y servicios de consultoría financiera con una excepción limitada. Los fondos mutuos chilenos podrán usar gerentes con una cartera en el extranjero.

Mercado de telecomunicaciones abierto y competitivo

-- Los usuarios de la red de telecomunicaciones tienen la garantía de un acceso razonable y no discriminatorio a la red. Esto evita que las firmas locales tengan acceso preferencial o "un primer derecho" a las redes de telecomunicación.

-- Las compañías de teléfonos de Estados Unidos obtienen el derecho a interconectarse con redes en Chile a tasas no discriminatorias, basadas en los costos.

-- Las firmas estadounidenses interesadas en construir una red física en Chile obtienen acceso no discriminatorio a instalaciones, tales como plantas telefónicas y estaciones de cable submarino.

-- Las empresas norteamericanas podrán arrendar elementos de redes chilenas de telecomunicaciones en términos no discriminatorios y revender servicios de telecomunicaciones de proveedores chilenos para construir una base de clientes.

-- Comercio electrónico: el libre comercio en la era digital

-- Chile y Estados Unidos acordaron disposiciones sobre comercio electrónico que reflejan la importancia de esta materia en el comercio mundial. Cada país también reconoció la importancia de proveer servicios por medios electrónicos como una parte esencial de un comercio electrónico activo.

-- Chile y Estados Unidos se comprometieron a un tratamiento no discriminatorio de productos digitales. Acordaron no aplicar derechos aduaneros a estos productos y cooperar en numerosas áreas de políticas relacionadas con el comercio electrónico.

-- Para productos digitales distribuidos por medios tales como DVD o CD, los derechos de aduana estarán basados en el valor del medio utilizado, (por ejemplo, el disco) y no en el valor de la película, música, o programa computacional que contenga el disco.

-- El texto sobre comercio electrónico identifica a Chile como un líder en América Latina para el desarrollo futuro del comercio electrónico.

Inversión

"Un acuerdo de libre comercio con Chile demostraría a otros países del hemisferio el enorme beneficio que significa ordenar económicamente la casa; un acceso sin obstáculos al mercado más grande y rico del mundo". Los Angeles Times, 6/12/2001

-- Nuevas e importantes protecciones para los inversionistas norteamericanos

-- El acuerdo establecerá un marco legal seguro y predecible para los inversionistas estadounidenses que operen en Chile.

-- Todas las formas de inversión, tales como empresas, deudas, concesiones, contratos y propiedad intelectual, están protegidas por el acuerdo.

-- En casi todos los casos, los inversionistas norteamericanos disfrutan del derecho de establecer, obtener y operar inversiones en Chile en igualdad de condiciones con los inversionistas chilenos y de otros países, a menos que sea establecido específicamente de otra forma.

-- Conforme a la Autoridad de Promoción Comercial (TPA) de Estados Unidos , el acuerdo se basa en principios legales y prácticas de Estados Unidos para proporcionar un paquete básico de protecciones sustanciales a los inversionistas norteamericanos como el que disfrutan actualmente los inversionistas chilenos en el sistema legal norteamericano.

-- Entre los derechos de los inversionistas estadounidenses (de conformidad con la legislación norteamericana) figuran la protección del debido proceso de ley y el derecho de recibir un valor de mercado justo por una propiedad ante la eventualidad de una expropiación.

-- El acuerdo prohíbe y elimina algunas restricciones para los inversionistas norteamericanos, tales como el requisito de comprar insumos chilenos en vez de norteamericanos.

-- Estos derechos de inversión están respaldados por un procedimiento imparcial y eficiente de solución de controversias, que es plenamente transparente. Las presentaciones a los grupos de solución de disputas y las audiencias estarán abiertas al público, y las partes interesadas tendrán la oportunidad de entregar sus puntos de vista.

-- Procedimientos abiertos y transparentes para la solución de controversias.

Derechos de Propiedad Intelectual (DPI)

Alto nivel de protección a los derechos de propiedad intelectual

-- La protección de los derechos de autor, patentes, marcas registradas y secretos comerciales es de vanguardia, y va más allá de la protección otorgada por acuerdos de libre comercio anteriores. La aplicación de los derechos de propiedad intelectual también está resaltada en este acuerdo.

-- Tratamiento no discriminatorio de la propiedad intelectual estadounidense transmitida a través de la Internet.

-- Marcas registradas: protección de vanguardia en la era digital

-- Se asegura la participación del gobierno en la solución de disputas entre marcas registradas y nombres de dominios en Internet, lo que es importante para prevenir la "usurpación cibernética" de nombres de dominios de marcas registradas.

-- Se aplica el principio de "primero en el tiempo, primero en el derecho" a las marcas registradas y a indicadores geográficos (lugar-nombre) que se aplican a los productos. Esto significa que el primero en registrar una marca será el primero en obtener el derecho de usar ese nombre, frase, o lugar¦nombre geográfico.

-- Derechos de autor: protección a los trabajos con derecho de autor en una economía digital

-- Se asegura que sólo los autores, compositores y otros dueños de derechos de autor tienen el derecho de hacer que sus trabajos estén disponibles en línea. Los dueños de los derechos de autor retienen todos los derechos, incluso sobre la copia computarizada temporal de su trabajo. Esto es importante para la protección de la distribución no autorizada de música, videos, software y textos a través de Internet.

-- Los trabajos y fonogramas que poseen derecho de autor están protegidos por un período extenso, de conformidad con las normas norteamericanas y las tendencias internacionales.

-- Disposiciones sólidas diseñadas para prevenir la piratería y la distribución no autorizada a través de Internet, evitan que se evadan las prohibiciones a la falsificación de tecnología (como los códigos en los discos).

-- Se asegura que los gobiernos sólo utilicen programas de computadora legítimos, sirviendo como un ejemplo positivo para el usuario privado.

-- Responsabilidad limitada para los proveedores de servicios de Internet (PSI) en conformidad con lo establecido por la Ley del Derecho de Autor Digital del Milenio, de los Estados Unidos , en lo que se refiere a la actividad legítima de los PSI y la violación de los derechos de autor.

-- Patentes y secretos comerciales: protección ampliada

-- El plazo original para las patentes originales puede ser ampliado para compensar demoras administrativas o regulatorias, de acuerdo a la práctica en los Estados Unidos.

-- Los fundamentos para revocar una patente están limitados a los mismos fundamentos exigidos para rechazar originalmente una patente, lo que otorga protección ante una revocación arbitraria.

-- Los datos de prueba y secretos comerciales que se entreguen a un gobierno con el propósito de obtener la aprobación de un producto estarán protegidos de ser dados a conocer durante un período de cinco años para productos farmacéuticos y diez años para productos químicos agrícolas. Esto cierra potenciales escapatorias a esas disposiciones.

-- Se asegura que las agencias gubernamentales encargadas de autorizar la venta de productos no aprobarán aquellos productos que violen las patentes.

Aplicación de los derechos de propiedad intelectual (DPI)

-- Se penaliza al último usuario de la piratería y se establece una firme manera de disuadir de la piratería y la falsificación.

-- El gobierno de Chile garantiza que tiene la autoridad para confiscar, decomisar y destruir productos falsificados y pirateados y los equipos usados para producirlos. La legislación de DPI será aplicada contra los bienes en tránsito para impedir que los infractores usen puertos chilenos o estadounidenses, o zonas de libre comercio, para traficar bienes pirateados. Se podrán iniciar acciones ex oficio (por iniciativa del estado) en casos criminales relacionados con DPI en las fronteras, para una aplicación de la ley más efectiva.

-- El gobierno de Chile se compromete a facultar el uso de daños presuntos (preestablecidos) así como los daños reales (demostrados) de acuerdo con la ley chilena contra los infractores de los DPI. Esto sirve como prevención de la piratería y asegura que los daños monetarios puedan ser indemnizados aún cuando el daño económico real (valor al detalle y las ganancias logradas por los infractores) no puedan ser determinados.

Políticas de Competencia

Compañías estadounidenses protegidas contra prácticas anti- competitivas y monopólicas

-- Compromete a Chile a mantener una ley de competencia que prohíba prácticas comerciales anticompetitivas y a tener una agencia para aplicar esa ley.

-- La legislación chilena promueve la eficiencia económica y el bienestar del consumidor, estableciendo así el objetivo apropiado de una ley sobre competitividad.

-- El acuerdo también requiere que Chile controle y regule las empresas estatales y los monopolios oficialmente designados. Estas empresas no deben abusar de su status oficial ni dañar los intereses de compañías estadounidenses, y no deben discriminar en la venta de bienes o servicios.

Adquisiciones del gobierno

Disciplinas sólidas para las compras gubernamentales establecen un precedente para el hemisferio

-- Requiere que los ministerios, gobiernos regionales y municipales de Chile no discriminen a las empresas norteamericanas en favor de empresas chilenas al realizar compras gubernamentales superiores al umbral monetario acordado.

-- Establece procedimientos claros y transparentes para las compras, tales como exigir un aviso público anticipado de las compras, así como una revisión oportuna y efectiva del proceso de oferta.

-- Comprende las compras de la mayor parte de las agencies del gobierno central de Chile, de los 13 gobiernos regionales, de 11 puertos y aeropuertos y de más de 350 municipalidades de Chile.

-- Establece que el soborno en las compras gubernamentales es un delito ante las leyes de Chile y de Estados Unidos. Esto fomenta los objetivos anticorrupción establecidos por los líderes del hemisferio en la Cumbre de las Américas de la Ciudad de Quebec en 2001.

Procedimientos de aduanas y normas de origen

"Chile posee mercados sólidos y su impresionante desempeño económico durante los últimos diez años se ha visto favorecido por décadas de políticas comerciales liberalizadoras constantes, estabilidad política, y el compromiso con las instituciones democráticas". The Heritage Foundation, julio de 2001

Procedimientos innovadores de aduana

-- El Tratado de Libre Comercio entre Chile y Estados Unidos es uno de los primeros acuerdos comerciales con obligaciones específicas y concretas sobre cómo deben conducirse los procedimientos de aduana.

-- El acuerdo exige transparencia y eficiencia en la administración de aduanas con el compromiso de publicar las leyes y normativas en Internet y garantizar la certeza y justicia de los procedimientos.

-- Ambas partes acuerdan compartir información para combatir el tránsito ilegal de bienes. Además, el acuerdo contiene lenguaje específico diseñado para facilitar el paso por la aduana de cargamentos enviados para entrega expresa.

-- Normas de origen firmes pero simples garantizarán que sólo los bienes chilenos y estadounidenses se beneficien del acuerdo. Las reglas son específicas para productos particulares pero se diseñan para ser aplicadas más fácilmente que las normas de origen del NAFTA.

Ingreso temporal de personal

Movilidad para personal altamente capacitado

-- El acuerdo incluye disposiciones que permiten el ingreso a los respectivos países de visitantes de negocios, comerciantes e inversionistas, transferencias de personas dentro de una firma y profesionales.

-- En Estados Unidos esto se materializará a través de una visa especial profesional del Tratado de Libre Comercio que estará disponible para un número limitado de personas que cuenten con un grado académico que requiera un mínimo de cuatro años de estudios. El número de visas profesionales que se entreguen a ciudadanos chilenos será determinado anualmente.

-- El acuerdo mantiene la autoridad del Congreso de Estados Unidos para enmendar las leyes de inmigración, y la visa profesional es el resultado de amplias consultas con el Congreso.

-- Los profesionales de Estados Unidos podrán ingresar a Chile sin un límite de cantidad.

Disposiciones laborales y ambientales

Chile adhiere a más de veinte acuerdos internacionales destinados a proteger el medioambiente y asegurar el desarrollo sustentable.

Cooperación innovadora para proteger el medio ambiente

-- El acuerdo cumple plenamente con los objetivos ambientales establecidos por el Congreso en la Autoridad de Promoción Comercial. Las obligaciones sobre medio ambiente son una parte decisiva del texto del acuerdo.

-- Ambas partes deben asegurar que sus leyes nacionales sobre medio ambiente establezcan un alto nivel de protección del medio ambiente y se esforzarán por continuar mejorándolas. El acuerdo establece que no es apropiado debilitar o reducir la protección del medio ambiente en cada país para incentivar el comercio o la inversión.

-- El acuerdo exige que las partes apliquen efectivamente sus propias leyes sobre el medio ambiente y que su cumplimiento es exigible a través de los procedimientos de solución de disputas.

-- Chile y Estados Unidos desarrollarán una serie de proyectos de cooperación para promover la protección del medio ambiente. Los proyectos incluyen:

-- Consolidación de la capacidad de proteger la vida silvestre y la administración de recursos en América Latina a través de la colaboración con administradores de vida silvestre, universidades y comunidades locales.

-- Un proyecto para desarrollar y aplicar alternativas eficaces al bromuro de metilo, un producto químico que Chile y Estados Unidos han acordado eliminar conforme a acuerdos internacionales sobre medio ambiente.

-- Desarrollo del Registro de Emisión y Transferencia de Contaminantes (PRTR) en Chile, similar al exitoso Inventario de Emisión de Tóxicos en Estados Unidos. El PRTR es una base de datos disponible al público, con químicos que han sido transferidos al medio ambiente por las industrias.

Actividades de cooperación para promover los derechos de los trabajadores

-- El acuerdo cumple totalmente con los objetivos laborales establecidos por el Congreso en la Autoridad de Promoción Comercial. Las obligaciones laborales son parte del texto central del acuerdo de comercio.

-- Ambas partes reafirman sus obligaciones como miembros de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), y se esforzarán por asegurar que sus leyes nacionales proporcionen estándares laborales de acuerdo con los principios laborales reconocidos internacionalmente. El acuerdo deja en claro que no es apropiado debilitar o reducir las protecciones laborales nacionales para fomentar el comercio o la inversión.

-- El acuerdo requiere que las partes refuercen eficazmente sus propias leyes laborales, y esa obligación es exigible a través de los procedimientos de solución de disputas del acuerdo.

-- Las garantías de procedimientos del acuerdo asegurarán que los trabajadores y empleadores tengan acceso justo, igualitario y transparente a los tribunales del trabajo.

-- Un mecanismo de cooperación para promover el respeto a los principios contenidos en la Declaración de Principios y Derechos Laborales Fundamentales de la OIT, y el cumplimiento de la Convención 182 de la OIT sobre las Peores Formas de Trabajo Infantil. Las actividades de cooperación podrán incluir:

-- Discusiones sobre legislación, prácticas y aplicación de elementos centrales de la Declaración de Principios Fundamentales y Derechos Laborales de la OIT.

-- Mejoramiento de los sistemas de administración y aplicación de las leyes laborales.

Solución de Disputas

Nuevas herramientas para asegurar el cumplimiento del acuerdo de comercio

-- Todas las obligaciones centrales del acuerdo, incluyendo las provisiones laborales y medioambientales, están sujetas a las disposiciones de solución de disputas del acuerdo.

-- Los procedimientos del grupo de solución de disputas establecen altos estándares de apertura y transparencia:

-- Audiencias públicas abiertas;
-- Entrega pública de presentaciones legales de las partes;
-- Rotación especial de expertos laborales o medioambientales para disputas en estas áreas;
-- Derechos de terceras partes interesadas en presentar sus opiniones.

-- Se hace hincapié en promover el cumplimiento a través de consultas, planes de acción conjunta y remedios de promoción de comercio.

-- Un mecanismo de aplicación innovador incluye penas monetarias para hacer cumplir las obligaciones comerciales, laborales y ambientales del acuerdo de comercio.